Cómo contratar una cuidadora interna: los pasos legales
Una interna la contrata la familia, que pasa a ser su empleadora. Son seis pasos: el horario, el contrato, el alta en la Seguridad Social, la evaluación de riesgos de la casa, el sueldo de cada mes y saber cómo se termina. Al lado de cada uno, la norma de donde sale.
Los seis pasos
- 1Fijar el horario y los descansos
Como máximo, 40 horas de trabajo efectivo a la semana, más el tiempo de presencia que se pacte aparte. Entre jornadas, 12 horas de descanso (10 para una interna, compensando el resto en cuatro semanas). Cada día, 2 horas para las comidas que no cuentan como trabajo. Cada semana, 36 horas seguidas libres. Y 30 días naturales de vacaciones al año. Hay que decidir antes quién cubre esos huecos.
Fuente: RD 1620/2011, art. 9
- 2Hacer el contrato
Cualquiera de las dos partes puede exigir que sea por escrito, y sin pacto escrito se presume indefinido y a jornada completa. Además de lo básico, la cuidadora tiene que saber por escrito si hay salario en especie, cómo se reparten y pagan los tiempos de presencia y el régimen de pernoctas. Se puede pactar un periodo de prueba de hasta dos meses, con un preaviso de siete días como mucho. El SEPE publica modelos de contrato generales.
Fuente: RD 1620/2011, arts. 5 y 6
- 3Darla de alta en la Seguridad Social
Antes de que empiece a trabajar, en el Sistema Especial de Empleados de Hogar. Se puede hacer por internet en Import@ss con hasta 60 días de antelación. Desde el 1 de enero de 2023 el alta y las cuotas son siempre cosa de la familia, trabaje las horas que trabaje.
Fuente: TGSS, guía del empleo de hogar
- 4Evaluar los riesgos de la casa
La familia tiene que hacer una evaluación inicial de los riesgos del trabajo en su casa, poner las medidas por escrito con su fecha y dar a la cuidadora la información sobre esos riesgos. El INSST tiene una herramienta gratuita en Prevencion10 para hacerla. Es exigible desde el 14 de noviembre de 2025, seis meses después de que se presentara la herramienta.
- 5Pagar el sueldo cada mes
Como mínimo, el salario mínimo: 1221 € al mes en 14 pagas en 2026, a jornada completa. Se paga en dinero y con un recibo de salario. El alojamiento y la comida se pueden descontar si se pacta, pero nunca más del 30 % del salario y cobrando siempre en metálico, al menos, el salario mínimo. Encima va la cuota de la familia a la Seguridad Social: 317,24 € al mes con el sueldo mínimo. El cálculo completo.
Fuente: RD 1620/2011, art. 8
- 6Saber cómo se termina
Además de las causas de cualquier contrato, la familia puede terminarlo por una bajada de ingresos o una subida de gastos sobrevenida, porque cambian sus necesidades de forma sustancial o por pérdida razonable de confianza. Tiene que comunicarlo por escrito con la causa y dar a la vez una indemnización de 12 días de salario por año trabajado, con un tope de seis mensualidades. El preaviso es de 20 días si lleva más de un año y de 7 si no, con 6 horas a la semana para buscar trabajo. Si falta el escrito o la indemnización, se trata como un despido.
Fuente: RD 1620/2011, art. 11
Normas consultadas en noviembre de 2026. La herramienta del INSST se presentó el 14 de mayo de 2025 (nota del INSST). Esta guía explica la norma general; no sustituye el asesoramiento de un graduado social o un abogado laboralista en un caso concreto.
Si lo hacéis con Servicuida
La empleadora sigue siendo la familia, pero el trabajo lo hacemos nosotros: buscamos y seleccionamos a la cuidadora, redactamos el contrato, tramitamos el alta antes de que empiece, hacemos las nóminas y, cuando llega el momento, la liquidación y la baja. Si no encaja, buscamos otra sin coste adicional.
Preguntas frecuentes
Todo lo que necesitas saber antes de contratar el servicio.
La familia es la empleadora: fija el horario y los descansos, hace el contrato, la da de alta en la Seguridad Social antes de que empiece, hace la evaluación de riesgos de la casa y le paga cada mes con su recibo. Se puede hacer sola o con una agencia que seleccione a la cuidadora y lleve los trámites.
No siempre, pero cualquiera de las dos partes puede exigirlo en cualquier momento, y si no hay pacto escrito se presume indefinido y a jornada completa (RD 1620/2011, art. 5). Con una interna conviene dejar por escrito las pernoctas, los tiempos de presencia y si hay descuento por alojamiento y comida.
Antes de que empiece a trabajar. Se puede pedir con hasta 60 días de antelación, por internet en Import@ss. Desde 2023 lo tiene que hacer siempre la familia, sea cual sea el número de horas.
Sí, si se pacta, con dos límites: el descuento no puede pasar del 30 % del salario y la cuidadora tiene que cobrar en dinero, como mínimo, el salario mínimo del mes (RD 1620/2011, art. 8.2).
Sí. Desde el 14 de noviembre de 2025 es exigible la evaluación de riesgos del trabajo en el hogar del RD 893/2024. El INSST ofrece una herramienta gratuita para hacerla.
Si se termina por una de las causas propias del hogar (menos ingresos, cambio de necesidades o pérdida de confianza), 12 días de salario por año trabajado, con un tope de seis mensualidades, más el preaviso de 20 o 7 días, que se puede pagar en lugar de trabajarse. A eso se suma la liquidación: la parte de las pagas extra y las vacaciones no disfrutadas.
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